Legislación

Las sorpresas que trae la Orden de Vedas de Castilla-La Mancha para la próxima temporada

En la mañana de hoy se publicaba el documento de orden de vedas con nuevos cambios aplicados a lo habitual en distintas modalidades.


 Orden vedas Castilla la mancha 2021-22
Orden vedas Castilla la mancha 2021-22

 Orden vedas Castilla la mancha 2021-22

Ya ha visto la luz el documento de la Consejeri´a de Desarrollo Sostenible publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha donde se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas para todo el territorio de la comunidad auto´noma. Estas serán por tanto las distintas fechas para las especies a cazar en la temporada cinege´tica 2021-2022.

Aves

A la hora de desarrollar dicha Orden, las autoridades pertinentes han tenido en cuenta en el proceso, la fenología y población de las aves declaradas como especies cinegéticas en la comunidad para poder así determinar su posición en la región y la posibilidad de incluirlas como especies cinegéticas en dicha temporada de caza. De este modo queda excluido del proceso el estornino pinto por ser una especie de escasa presencia en la zona.

Por otro lado, se confirma que habrá cupos de captura por día para el cazador para especies como la codorniz y en función de cada provincia.

Prohibidas la caza de la tórtola y estornino pinto

Además, la caza de la tórtola es inexistente en esta orden de vedas ya que para esta nueva temporada estará prohibida en todo el territorio español. Se trata de una prohibición, en principio, temporal. El estornino pinto también deja de considerarse especie cinegética en esta orden de vedas.

Ampliadas esperas de jabalí

Teniendo en cuenta las medidas biosanitarias, el control de daños para con la agricultura y especies silvestres, y como medida para prevenir accidentes de tráfico se tratará de reducir la población de jabalí en la comunidad.

De este modo, la práctica de esperas o aguardos podrá realizarse prácticamente todo el año con el fin de llevar a cabo un control de población, pudiendo hacerse desde marzo hasta principios del mes de octubre en el entorno de cultivos y praderas.

Más calendario para la caza de cabra montés

Con respecto al periodo para cazar la cabra hispánica, también se amplía, existiendo un periodo para machos y hembras del 15 de octubre al 15 de enero, y otro periodo solo para machos del 1 al 31 de marzo.

Especies comercializables en vivo

Esta nueva orden de vedas incluye como especie comercializable en vivo y/o en muerto aquellas especies incluidas en el listado de especies cazables en la comunidad según el Reglamento de caz en vigor y a su vez incluidas en el Real Decreto 1118/1989 de 15 de septiembre.

Así, se entiende por comercializacio´n el aprovechamiento cinege´tico, consumo de carne o su naturalizacio´n.

El documento cuenta con distintas tablas que especifican la posibilidad de cada especie.

Comienzo de temporada

Además de las distintas tablas que tratan expresamente la comercialización de las especies cazables en la comunidad, existen otras con cada una de las especies que muestran detalladamente el periodo hábil de caza de cada una de ellas para esta nueva temporada cinegética.

A modo general, destaca el comienzo de la media veda en entre el 21 y 28 de agosto al 15 de septiembre. Por otro lado, en cuanto a la caza mayor y en función de la especie, dará comienzo entre el segundo y el tercer fin de semana de octubre hasta el último fin de semana de febrero, dependiendo de la modalidad a practicar.

Consulta todas las fechas pulsando en este enlace.

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