Restricciones

Todo lo que tienes que saber sobre la movilidad de cazadores en Castilla-La Mancha

A partir de hoy, 21 de enero, los cazadores manchegos no podrán desplazarse fuera de sus municipios para cazar, a no ser que sea por control de daños autorizado.


 Castilla-La Mancha restricciones cazadores enero
Castilla-La Mancha restricciones cazadores enero

En el día de ayer, tanto la Federación de Caza de Castilla-La Mancha como APROCA Castilla-La Mancha, emitía un circular en la que anunciaba la suspensión de movilidad de cazadores entre municipios de la comunidad desde el día de hoy, jueves 21 de enero.

Realmente, según afirma en un documento publicado por las autoridades autonómicas, las limitaciones de entrada y salidas de los municipios, ya entró en vigor el pasado día 19 de enero.

Entrada en vigor de las restricciones

Desde la Consejería de Desarrollo Sostenible de Castilla-La Mancha se informaba de lo sucedido, anticipándose a la publicación de la Resolución que tendría lugar en el día de hoy. En tal documento, se afirmaría que se suspende la entrada y salida de cazadores en Castilla-La Mancha hasta que llegue a su fin el cierre perimetral de los municipios de la región, que en teoría terminaría el 28 de enero si no se prorroga.

Consulta la circular íntegra en este enlace.

Restricciones de la Resolución

En ambas notas de prensa, tanto de la federación como de APROCA, se insiste a los cazadores de que las restricciones entrarían en vigor a partir del día de hoy a las 00:00 horas.

Así las posibilidades de los cazadores se ven reducidas a:

1. Se permitirá cazar mediante todas las modalidades UNICAMENTE en aquellos cotos que se encuentren en el término municipal, es decir, aquellos que no impliquen la entrada o salida de los cazadores a otras localidades distintas a las de su residencia.

2. El desplazamiento de un municipio a otro, dentro de la región, por parte de los cazadores estará permitido expresamente en aquellos casos en los que se vaya a realizar control de poblaciones.

En este caso, la Consejería excluye como control de población la práctica de monterías, batidas o ganchos.

3. La caza del conejo para controlar los daños en comarcas con emergencia cinegética es la única actividad que se puede ejercer fuera del municipio. Para ello, es de obligado cumplimiento tener que demostrar con documentos que ese trata de la persona encargada de efectuar dicho control por daños.

Reacción de la Federación

Hasta el momento la federación no ha dado más noticias, pero afirma que tratarán de dar más información a los cazadores una vez analicen la Resolución.

Por otro lado, desde APROCA se ponen a disposición de la federación para gestionar si fuese necesaria, la comunicación de las posibles suspensiones, además, se suma al compromiso de la federación, de informar a los cazadores de la zona si hubiese algún cambio más.

Consulta el documento íntegro en este enlace.

Caza como actividad necesaria

En el documento que emiten las autoridades de Castilla-La Mancha, se habla de la actividad cinegética como una actividad necesaria, lo que permite el posible desarrollo de la misma, aunque con restricciones de movilidad.

Además, en el mismo documento, se habla de unas restricciones que no se muestran en las notas de prensa de la federación o APROCA. Se habla de una restricción de personas que pueden practicar conjuntamente la actividad. De este modo, los grupos de cazadores son pueden superar los 6 miembros.

 restricciones
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Consulta el documento íntegro en este enlace.

Restricciones por COVID-19

Esta es la situación a la que se verán sometidas distintas zonas de España por la presencia de numerosos casos de la pandemia actual. En el caso de Extremadura, se vivirá una situación similar, si no igual, a la espera de confirmar cuáles serán las restricciones exactas.

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