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Se filtra un documento no oficial sobre la aplicación de los controles cinegéticos en Andalucía durante el estado de alarma

Ayer se filtró un documento sobre la aplicación del artículo 3 del decreto 9/2020 sobre la aplicación de las medidas cinegéticas de control de especies cinegéticas vinculadas al control de daños. No es oficial. Se trata de un borrador sin validez. Hay que esperar, ya que a lo largo del día de hoy se hará público el documento definitivo.


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Ayer por la tarde se difundía por redes sociales un documento con el título de "INSTRUCCIÓN RELATIVA A LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 3 DEL DECRETO 9/2020, DEL PRESIDENTE DE 8 DE NOVIEMBRE".

En su contenido, podemos leer la justificación y desarrollo al artículo 3 del decreto 9/2020 que incluía la excepción a la norma de no salir del municipio salvo "para el desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan causar daños a los ecosistemas, en los ciclos productivos de la agricultura y la ganadería y en la seguridad vial».

Un borrador

Hoy, organizaciones como Aproca han asegurado que el documento no tiene validez, al haber sido filtrado antes de que se desarrolle de manera definitiva. Se trata de un borrador sobre el cual, como ha reconocido la Junta de Andalucía a responsables de la entidad, tendrá modificaciones.

A su vez, aseguran que a lo largo del día de hoy se publicará el documento oficial, este sí con fecha y firma oficiales. En Club de Caza encontrarás toda la información relativa a este esperado asunto en cuanto la información sea oficial.

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