
Galicia
La Xunta quintuplica el territorio protegido destinado a la recuperación del oso pardo
La Xunta ha decidido aumentar el espacio destinado a la protección del oso pardo en Galicia, que pasará a tener 64.820 hectáreas, distribuidas en los ayuntamientos de Cervantes, Navia de Suarna, Negueira de Muñiz, Pedrafita do Cebreiro, Folgoso do Courel, Quiroga, Triacastela y Samos.
14/07/2012 | Faro de Vigo
Hasta ahora, el hábitat del oso pardo se limitaba a 12.064 hectáreas en Serra de Ancares (Lugo). Con esta medida, el Gobierno autonómico pretende elevar el número de ejemplares y favorecer la ocupación de territorios nuevos, quintuplicando los existentes. Además, la normativa incluye medidas de protección de este animal en peligro de extinción, que limitan las actividades de caza, las infraestructuras viarias, la quema de rastrojos en la zona y el acceso al turismo.
La normativa de la Xunta (sometida a información pública el pasado lunes) divide el territorio habitable por los osos en dos áreas. Las áreas de presencia permanente de los plantÃgrados en los últimos cinco años se corresponden con la Serra dos Ancares. Esta zona incluye, a su vez, áreas crÃticas, indispensables para la supervivencia de la especie (Canón de Rao y Cabeceiras de Brego, Vara, Ortigal y Piornedo). Las áreas de distribución potencial son aquellas en las que los osos aparecieron esporádicamente y que pueden convertirse en áreas de presencia habitual, como son Negreira de Muñiz, Courel Alto y Serra de Oribio.
Esta ampliación pretende potenciar el contacto entre las poblaciones oseras del cantábrico occidental (Galicia, Asturias y León). En total, cuentan con 160 animales, aunque en la comunidad gallega se concentran "unos pocos ejemplares", según la Xunta. La especie experimenta una recuperación favorable en Galicia gracias a la calidad de los montes lucenses, aunque frenada por la falta de conectividad con las poblaciones de osos asturleonesas
La revisión del decreto también establece unas normas para la conservación del hábitat de los osos, con normas generales que se aplicarán a todo el territorio y normas especÃficas para las áreas de presencia, dado que son las que habitan estos animales en la actualidad.
Las normas aplicables a todas las zonas establecen que habrá que cambiar batidas, ganchos y monterÃas de localidades con presencia de osos. En cuanto a la quema de rastrojos, no podrá hacerse en superficies de más de 5 hectáreas. También deberá tener en cuenta la existencia de osos cualquier proyecto o plan forestal que pueda afectar a su hábitat. Las áreas de presencia, además, tendrán que regular el acceso a turistas por caminos, pistas y vÃas pecuarias, asà como fomentar que los métodos de caza que se lleven a cabo en estas zonas sean de rececho o espera (métodos sigilosos de práctica individual). Las áreas crÃticas, indispensables para la supervivencia del oso pardo, deberán buscar alternativas a la limpieza de montes mecanizada y a las quemas de rastrojos, asà como reforestar mediante rozas manuales.
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