Cazar ya es europeo

El Tribunal Constitucional Alemán ha declarado que el derecho de caza tiene una importante función social, reafirmando además su doble vertiente «derecho-obligación». El tema es que, para la Ley Federal de Caza Alemana, aquellos terrenos con una superficie inferior a setenta y cinco hectáreas deben integrarse en lo que llaman una «cooperativa de caza» (hunting cooperative).


En realidad es una junta de propietarios que, como en muchos términos municipales de España, se unen para formar coto, siendo el aspecto importante que para la Ley de Caza Alemana, cazar está unido a la obligación legal de gestionar las especies salvajes en esos terrenos. La cuestión es que uno de esos propietarios obligados a formar parte de esas «cooperativas de caza» según la normativa alemana, consideró que esta obligación podía vulnerar sus derechos constitucionales, especialmente el derecho a la libertad de asociación y de conciencia, convencido de la existencia de un derecho a no cazar. Siendo obvia por tanto su postura contraria a la caza. Tras varios años de tramitación del recurso, el Constitucional alemán se ha pronunciado recientemente, ratificando la constitucionalidad de su ley de caza. Entiende que la caza —ligada al derecho de propiedad— es mucho más que una actividad recreativa, otorgándole rango de «derecho-obligación». La sentencia supone un reconocimiento de la función social de la caza responsable como herramienta de gestión de las especies salvajes y de los daños que la falta de su control generaría a la vegetación, al suelo, a los cultivos, a la sanidad de las propias especies salvajes… e incluso a los seres humanos. Recordemos que sólo en España los accidentes en carretera en los que intervienen especies de caza superan los cinco mil, con un cada vez mayor número de heridos —y por desgracia algunos fallecidos—, además de los altos costes económicos que suponen tanto los siniestros, como las inversiones en infraestructuras que tratan de paliarlos. Con ese fundamento, el Tribunal Constitucional Alemán obliga al propietario recurrente a permanecer en la «cooperativa de caza», sin que considere que se ha vulnerado ninguno de sus derechos constitucionales. La conclusión es que aunque la sentencia significa una gota de agua en medio del océano, supone un importante reconocimiento a los cazadores y su función de conservación y regulación del medio, al servicio del interés general. El Tribunal entiende que la caza rinde un importante servicio a la sociedad que trasciende de lo meramente deportivo o recreativo, para convertirse en una herramienta de gestión de las poblaciones de especies silvestres. Este hecho, notablemente positivo, deberá tener trascendencia cuando el Parlamento o la Comisión europeos modifiquen o emitan cualquier norma de rango comunitario que tenga repercusión en materia cinegética.
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