La Ley de Bienestar es un mazazo definitivo para los usos tradicionales del campo

Estamos ante el debate inminente de la Lei de Benestar de Animais de Compañía. De no hacerse leves reformas en el articulado, ésta impedirá que los ganaderos puedan proteger sus rebaños con mastines sueltos, arruinando todavía más las exiguas rentas familiares e incrementando el odio ancestral hacia el lobo que merma sus rebaños día tras día.


Además, cualquier control de las poblaciones de jabalíes sería imposible de realizar. Los accidentes en nuestras carreteras producidos por los suidos, los daños a la agricultura y la predación que estos voraces animales realizan en ecosistemas muy sensibles y sobre pequeños mamíferos, aves nidificantes rastreras y reptiles en serio peligro de extinción, serían imposibles de controlar.

La ley es aprovechable

En general, nos encontramos ante un documento muy válido y útil para garantizar el bienestar de los animales de compañía, pero de carácter prioritariamente urbano.

En cuanto a los usos rurales, esta redacción podría ser la gota que colma el vaso del desastre económico del rural. Para no incurrir, además, en una sobrelegislación y en contradicción con políticas como las que fomentan el uso de mastines para defender las ganaderías del lobo, o actuar efectivamente en el control de los daños del jabalí, es preciso una reflexión profunda de nuestros diputados de la Cámara Galega.

Lo más triste es que la solución está delante de nuestras narices, es sencilla y garantista de las actividades rurales, también de las policiales donde se detectan explosivos o drogas, o incluso las de rescate de vidas humanas, donde son tan necesarios los perros de trabajo.

Se precisa pues, incorporar una excepción más al artículo 2º, en prevención de que esta ley impida el normal desarrollo de estas actividades y se dote de garantía jurídica adecuada a los propietarios de estos perros de trabajo que, más allá de sus habilidades, son profundamente amados por sus conductores y dueños.

Debería incluirse en el Art. 2 un sencillo texto como el que sigue y habrán hecho algo muy positivo, As súas Señorías, por mantener un rural vivo y digno.

«No será de aplicación la presente ley a aquellos perros cuyos propietarios, públicos o privados, ejerzan, junto con ellos, una actividad reglada, deportiva, o de interés social que pueda definir al perro como perro de trabajo. Bien sean perros de trabajo policial, militar, guarda, lazarillo, de caza, pastoreo etc. Cuando menos, durante su actividad, entrenamiento o sus desplazamientos, para lo que ya disponen de legislación específica en su trasporte, la cual garantiza su bienestar».

La torticera definición del maltrato

Es necesaria esta inclusión para evitar que una lectura perniciosa del Art. 4, en su apartado 14, pueda impedir estas actividades tan socialmente necesarias. Es en este apartado donde se determina en la definición de maltrato que será:

«Calquera conducta que ocasione directa ou indirectamente ao animal dor, sufrimentos ou danos innecesarios, tanto físicos coma síquicos, ou a morte, sexa por acción ou omisisión dolosa ou neglixente».

Por poner tres ejemplos nefastos que pudiesen producirse de no admitir la exención de los perros de trabajo de la ley:

a) Un conductor de rescate, podría y debería ser sancionado si su perro muere en un derrumbe o alud de nieve.

b) Un cazador debiera ser sancionado si su perro es atacado por un jabalí.

c) Un pastor debiera ser sancionado si los lobos hieren o matan a los mastines que protegen al ganado. De hecho, un ganadero de Lugo ha sido ya sancionado esta semana por llevar sus mastines sueltos por un prado.

¿Nos estamos volviendo locos?

Es evidente que nuestros diputados, con los pies puestos sobre la tierra, no querrán ser partícipes de que estas paradojas se produzcan. Si no es así, el sector rural y ganadero debiera recordar a todos los grupos parlamentarios de qué forma se puede perjudicar al rural sin ni siquiera tocar el precio de la leche.

Comparte este artículo

Publicidad