Modalidades tradicionales de concertación de rehalas

La montería, en la forma en que se practica actualmente, tiene su origen en la segunda mitad del siglo XIX. Todos los participantes en las expediciones de caza que en aquellos tiempos se llevaban a cabo, se basaban en la agrupación de un círculo de conocidos que con intereses comunes se unían para llevar a cabo estas correrías.


Las rehalas participantes tenían fundamentalmente dos tipos de orígenes. Uno de ellos, se basaba en la mera agrupación de los perros aptos para esta caza que aportaban los participantes u otros vecinos de la localidad, formando un grupo heterogéneo de perros, pero normalmente bien compenetrados para esta labor. El podenquero no era el propietario de todos los perros que conducía, ya que una rehala tenía un coste de manutención inabordable para la mayoría de las economías rurales, por lo que se formaban las recovas por asociación de perros de diversos propietarios, siendo conducidos por el perrero elegido a cambio de un jornal diario.

El otro tipo se cimentaba en el deseo de un propietario, que poseía recursos para ello, de sustentar durante todo el año una rehala, con lo que se llegaba comúnmente a obtener un tipo de perro muy personal, que prácticamente nadie tenía, pero que cumplía perfectamente con el cometido que se le asignaba, cazando de la manera que su propietario deseaba en función de los montes y terrenos que cazaba. En este caso tampoco la persona que conducía los perros era su propietario, ya que tan solo era un asalariado del mismo.

Estos propietarios encontraban en el mantenimiento de su rehala una forma de poder acudir a las fincas de renombre, a través de la aportación de sus perros a las monterías, siendo muy cotizada su presencia.

De estas dos formas de participar en las monterías provienen las modalidades actuales de concertación de las rehalas. Por ello, hemos querido dejar claras las bases de la articulación de la participación de estos integrantes indispensables para el desarrollo de nuestra montería, de una forma concisa, definida y razonada.

Estas que se describen a continuación son las formas más habituales en nuestra tradición, sin perjuicio de que se puedan establecer otras distintas fruto de la libertad de acuerdo entre el capitán de montería y el propietario de la rehala, según les convenga.

Por invitación

El propietario de la rehala tiene facultad a disfrutar de un puesto o más, según los deseos del propietario del monte a batir. No percibe gratificación, aunque se puede establecer una propina para el perrero y su ayudante. En estas circunstancias la rehala no tiene potestad alguna sobre los trofeos agarrados por sus perros.

En este caso de la invitación, hay que solicitar amablemente el trofeo en caso de desear alguno de los rematados por la rehala, pero teniendo presente que la propiedad no tiene obligación de cederlo. Se trata de una situación personal y de amistad muy estrecha, en la que no cabe exigencia alguna y solo corresponde esperar los lógicos intercambios entre personas con una gran relación de familiaridad.

Por gratificación

El dueño pone a disposición de la montería su rehala percibiendo una gratificación. De esta manera el propietario de la rehala no conserva ninguna prerrogativa para ocupar un puesto. Tampoco tiene privilegios sobre los trofeos de los ejemplares agarrados por sus perros, y éstos han de quedar en poder de la organización. La gratificación se acuerda entre la rehala y el capitán de montería.

Por cesión de puestos a terceros

Bajo esta modalidad se entiende aquella forma de ajustar las rehalas por la que el propietario de la misma no percibe directamente compensación alguna por sus servicios, que son suplidos por el capitán de montería con la cesión de uno o varios puestos, que aquel se ha de encargar de canjear con unos monteros para percibir sus asignaciones a través de esta adjudicación.

Como es lógico debe existir una cierta correlación entre el nivel de la valoración del servicio y el del puesto para que el acuerdo sea equilibrado para ambas partes. No obtiene ninguna potestad sobre los trofeos agarrados, ya que en realidad viene a ser una variante de la contratación por gratificación.

Premisas tradicionales e históricas de las viejas leyes de la montería

 
  • Una pieza nunca es del perrero, el perrero es un asalariado del propietario de la rehala y la pieza puede ser de la rehala o de un cazador pero nunca del perrero. En el caso de que coincidan en la misma persona la condición de propietario de la rehala y la de perrero, lo tradicional es que la rehala tenga derecho a un puesto que ocupa el titular de la rehala, y si no ocupa ningún puesto, nadie lo hace en su lugar, ni tampoco percibe nada por llevar su rehala, los animales que queden en los agarres y sean rematados por el dueño de la rehala o por su perrero, serán de la rehala.
  • En general, si la rehala acude percibiendo una gratificación, los trofeos son de quien ese día costea la rehala, siendo un mero contrato de arrendamiento de servicios. Durante esa montería el patrono de la rehala es quien la abona.
  • Si la rehala cede la postura que le corresponde a un tercero, el trofeo es de quien ocupa ese puesto que ha retribuido siendo puesto de rehala, ya que en puridad de criterio ocupa de forma temporal por un día la figura del propietario de la rehala, siendo suyos los trofeos agarrados por los perros de la rehala transferida a él transitoriamente.
  • Si el puesto de la rehala lo ocupa un invitado del dueño de la rehala con la anuencia de quien organiza la montería, el trofeo es del dueño de la rehala aunque no estuviera presente en la celebración.
  • Lo normal es que el capitán de la montería concierte las rehalas bajo su propia titularidad, y por lo tanto los puestos correspondientes a ellas son ocupados por quien dicha persona apetezca, en consecuencia los trofeos procedentes de los agarres de las mencionadas rehalas, son todos propiedad de dicho titular temporal; el capitán de montería.
  • En caso de proceder de otra manera, en la que se acordara que los trofeos sean para el rehalero, ello significaría un estipendio en especie que incrementa el original, por lo que en caso de existir este acuerdo entre las partes y la montería se celebra mediante acciones o cualquier otro tipo de remuneración por puesto, debe ser comunicado a todos y cada uno de los participantes.
  • Los trofeos atribuibles a la rehala son los que cobra la misma en un agarre, da igual que lo despachen los perros hasta el final o el perrero colabore rematándolo.
  • Para la tradicional «Ley de la primera sangre» no cuenta la sangre de las dentelladas de los perros ni la del cuchillo del perrero, sólo cuenta la producida por el arma de un montero, ya sea arma de fuego o arma blanca.
  • Para terminar, es de considerar el que la forma en que se acuerde la participación de las rehalas en una montería, en nada tiene que ver con la forma en la que los monteros acuden a la misma, pudiéndose dar el caso de que los monteros acudan a la misma por invitación y las rehalas participen percibiendo una gratificación o viceversa.

Otras consideraciones

  • Siempre hay que acordar con suficiente antelación los términos del trato, porque se pueden plantear de común acuerdo variaciones sobre lo planteado.
  • Hay que disponer siempre una comida para el perrero y su ayudante por cada rehala.
  • Si las rehalas desconocen la mancha a montear han de ser guiadas por alguna persona de la confianza del capitán de montería, que orientará a los perreros en sus acciones contribuyendo a una mejor ejecución.
  • Es recomendable habilitar la gratificación a los dueños de rehala antes del comienzo de la montería. Es buena práctica que agradecen sus propietarios porque en caso de recuperación tardía de un perro extraviado, no les apremian las prisas para percibirla después de la montería.
  • La contratación de una buena rehala hay que efectuarla como mínimo cuatro o cinco meses antes de que comience el período de caza, ya que a medida que el tiempo avanza sobre esas fechas, lo único que podremos contratar son rehalas de inferior calidad.
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