Administración vs propietarios

Las relaciones entre la Administración y los propietarios del territorio administrado no suelen ser fáciles, porque no lo es deslindar derechos y competencias sin contrariar a unos o perjudicar a otros. Y si se trata de terrenos cinegéticamente interesantes menos aún.


Hay un añadido perturbador —la caza— que suele enrarecer ese conflicto potencial que existe desde que, no se sabe muy bien por quienes, se determinó que cazar, además de suponer la muerte de los animales cazados, hiere la sensibilidad de la ciudadanía de bien y, por lo tanto, debe ser rechazada y, en lo posible, descartada. Pasa también cuando los titulares del terreno son a su vez administradores administrados, caso de los términos municipales englobados en parques nacionales. Tal es la situación, por ejemplo, del ayuntamiento de Oseja de Sajambre (León), un pueblo de poco más menos 300 habitantes incluido en el Parque Nacional de Picos de Europa, que anda en pleitos con el MARM a cuenta de la compensación que reclaman a raíz de la prohibición de cazar rebecos acordada en el coto asturiano de Carombo en Amieva, en el que Oseja tiene derechos, y que evalúa en 300.000 euros. (Paréntesis: ¿quién guardará a los rebecos de sus salvadores?) Pero sucede sobre todo cuando es un particular el que se enfrenta a los designios y el poder de la Administración. En el reciente encuentro que un número significativo, por calidad y por cantidad, de propietarios encuadrados en Aproca mantuvieron con representantes de la Administración en el Pago del Vicario (Ciudad Real) no tardaron en ponerse de manifiesto las diferencias y las tensiones existentes entre ambas instancias a cuenta de la Red Natura 2000 y a propósito de la conservación, por más que el director general de Medio Natural y Política Forestal del MARM, José Jiménez García-Herrera, enarbolara la bandera del buen talante y la mejor disposición, e incluso entonara una especie de mea culpa ministerial que podría interpretarse como un reconocimiento explícito de los errores y/o abusos de un pasado nada remoto. Lo que vino a decir el señor Jiménez es que las directrices de la conservación se marcan en la Unión Europea y son de obligado cumplimiento; que el papel de los propietarios es fundamental y que todos juntos podemos conseguirlo, pero no hizo sino echar balones fuera cuando le fueron planteando reivindicaciones concretas. Un hecho incontestable es que la Administración está extremando sus funciones de control sobre aquellas fincas mejor conservadas y más ricas en biodiversidad —casualmente las cinegéticas—, es decir, aquellas en las que sus propietarios, renunciando a vías de negocio más rentables, llevan mucho tiempo dejándose la piel por mantenerlas en ese envidiable estado, que es precisamente el que despierta la codicia ministerial, y con ella una lista de obligaciones, limitaciones y prohibiciones mucho más larga que la de las compensaciones. Es decir, se hostiga a quienes lo han hecho bien, que llegan incluso a aparecer como una especie de presuntos delincuentes medioambientales a los que vigilar de cerca, con las normativas y el Seprona en la mano, en tanto que se estimula y se premia a los que optaron en su momento por arrasar con todo y decantarse por una explotación intensiva y subvencionada de sus propiedades. Parece de sentido común que la Administración tenga que dirigirse a los propietarios de muchas de las mejores fincas de caza de nuestro país, sometidas a protección especial, en primer lugar con el respeto debido a quienes son sus artífices; después para tomar nota de cómo se gestiona un espacio natural; y ya en tercer lugar para entablar diálogo y ver de qué manera se pueden conjugar los derechos e intereses de sus propietarios con los compromisos de conservación firmados por España. No siempre y no sólo para imponer, aburrir, atosigar y penalizar.
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