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Estrategias para mejorar la gestión de la caza menor
Jesús Nadal
Cada coto de caza tiene su gestión propia, distinta de los demás y supervisada por la Administración correspondiente. Nuestras administraciones son las encargadas de crear y hacer cumplir la legalidad. Esta legislación, considera que la fauna silvestre es un recurso natural escaso que pertenece al conjunto de la sociedad, por lo que su aprovechamiento está regulado.
En primera instancia, los derechos de caza corresponden al propietario de la tierra. Las sociedades de cazadores, para cumplir la legalidad, establecen contratos de arrendamiento de los derechos de caza con los propietarios de los terrenos de caza. Cada sociedad, de acuerdo con su marco organizacional propio, establece las normas de caza de su coto. Los Planes de Ordenación Cinegética son el instrumento legal que describe con exactitud, como debe ser esta regulación concreta en cada coto. De su cumplimiento tiene responsabilidad el cazador, su sociedad y la administración que autoriza dicho Plan.
Estos Planes deben ser realizados por técnicos competentes,
ya que por su formación, son ellos los únicos capacitados
para adecuarlos a la realidad de la fauna, los hábitats y la
sociedad de cazadores. Los técnicos se basan en el uso de la
ciencia para definir procesos, que nos permitan alcanzar objetivos
de caza sostenible. Los planes de ordenación que están
bien redactados, disponen de una acertada planificación de futuro,
asociada al dinamismo de la realidad ecológica, cinegética
y social de cada coto. Muchos y diversos son los problemas que afectan
a las poblaciones cinegéticas de caza menor, a sus hábitats
y a la regulación de su caza en cada coto. Una parte fundamental
de los planes de ordenación son los Planes de Caza. Los Planes
de Caza se calculan para garantizar que en el coto, sólo se
extrae de cada población de cada especie cinegética,
la parte de ella que es renovable. Este principio de sostenibilidad
garantiza la perpetuidad de las poblaciones silvestres. Se puede alcanzar
si para los cálculos del Plan de Caza se ha considerando la
ecología de cada especie y el estado de sus poblaciones. Las
poblaciones en declive no son cazables, pero sí lo son las estables
y expansivas.
Las poblaciones de caza menor que se encuentran en declive, mayoritariamente lo están debido a la destrucción de los hábitats que las sustentan. Por ello, la mejor estrategia para poder cazar es la conservación y mejora de los hábitats de la fauna silvestre de nuestros cotos. Regular la actividad cinegética sobre la caza menor no es una tarea fácil, ya que exige disciplina en la sociedad de cazadores y autodisciplina de los cazadores. Ambas disciplinas social e individual, son un gran reto para el desarrollo organizacional de los cazadores. Adecuar la presión de caza para no sobrepasar las capturas máximo sostenibles, exige mejorar las normas internas de nuestros cotos y garantizar su cumplimiento. Técnicamente existen muchas y diversas soluciones para alcanzar estos fines, el problema radica en su adecuación a las formas y cultura de caza en cada sociedad. Por un lado, las restricciones del tiempo de caza: fecha de apertura y cierre, calendario, distribución de los días hábiles en el calendario, y los horarios de caza. Y por otro, las restricciones de espacio: sectores de caza autorizados, reservas de caza, zonas de caza sin muerte y zonas de adiestramiento de perros, deben ser proporcionales a la presión de caza (hectáreas por cazador).
Cuando la relación entre las hectáreas disponibles para cazar y el número de cazadores con permiso, es menor de 100 ha por cazador, esta presión es excesiva para mantener las poblaciones silvestres. Por lo que bajo esta condición, debemos exigirnos fuertes restricciones de tipo temporal y espacial de cuando, donde y como cazar. Además, todo esto, debe armonizarse con los límites de capturas establecidos. Los límites de capturas pueden fijarse por día de caza, para el total de la temporada, para el total del coto y el conjunto de los cazadores en la temporada. Los intereses de los cazadores hispanos en como cazar suelen ser muy divergentes (desde muchas piezas en uno o pocos días de ojeo, hasta pocas piezas y muchos días de campo). La caza al salto (palo mata, a rabo) en solitario, con cupos de una pieza, puede alargar mucho las jornadas de caza durante la temporada. Sin embargo, los ojeos y la caza cooperativa entre grupos de cazadores acortan mucho los días de caza, hasta llegar a un solo día por temporada. Cuando la cultura cinegética esta desarrollada en la sociedad de cazadores, y se quieren ampliar las restricciones de caza para aumentar la dificultad de captura, o su selección, se aplican otras tácitas como un solo disparo por pieza levantada, o sólo disparar a aquellas piezas que ha levantado el perro.
En la mayoría de situaciones, cotos con escasez de piezas, los cazadores tienden a disparar sobre la pieza, a pesar de que la distancia a la que se encuentran sea muy superior a la distancia óptima para abatirla. Es lógico que esto suceda, ya que en la mayoría de las ocasiones, en caso de no hacerlo, seguramente no habrán disparado la escopeta durante la jornada. Sin embargo ello es contraproducente, ya que de esta forma se pierden muchos animales a los que alcanza algún perdigón y el cazador ni se ha enterado de su impacto. Es mucho mejor estrategia para aumentar las futuras oportunidades de disparo y no perder animales, sólo apretar el gatillo cuando la pieza se encuentra en una distancia óptima de disparo (menos de 50 m). Es difícil alcanzar este nivel de autodisciplina, mas que sea reconocida en la sociedad de cazadores, cuando es habitual que el clima existente fomente “soy más hábil porque la capturé primero”, “las piezas que yo coja no las capturarán los demás”. Las sociedades de cazadores necesitan un clima social disciplinado, cuanto más férrea sea esta disciplina menores restricciones y sistemas de control precisará la sociedad. Sin embargo, suele ocurrir lo contrario, no se respetan los cupos de capturas y existe un compadreo muy desarrollado para encubrir el furtivismo. Esta habitual competencia feroz entre los cazadores, estimula no sólo la falta de cortesía y ausencia de buenas costumbres durante la acción de cazar, si no que hace frecuentes las situaciones de peligro y accidentes por disparos (no respetar las distancias de seguridad, ni a otros cazadores compañeros, cortar las trayectorias de caza de otros cazadores o grupos, perseguir las piezas levantadas por otros, cazar en condiciones de baja visibilidad, etcétera).
Todo esto se extiende también al compañero de caza,
el perro. Los perros poco disciplinados (falta de horas de entrenamiento)
espantan la caza fuera de oportunidades de disparo y provocan situaciones
de riesgo. Muchas veces el cazador enfadado con su perro lo abandona
en el campo (grave infracción) y este se convierte en un predador
doméstico más que daña la vida silvestre. En los
cotos de caza de las sociedades de cazadores avanzadas, sólo
entran los perros de caza que garantizan un buen comportamiento, ya
que han demostrado sus habilidades en los campos de adiestramiento.
Por eso en estos cotos sólo se ven perros bajo el estricto control
de sus dueños.
Una buena proyección de futuro para nuestras oportunidades de caza y nuestro coto, exige mecanismos adecuados para garantizar que no se sobrepasan las capturas máximo sostenibles. Se debe considerar que la extracción total que hacemos de la población del campo incluye: animales abatidos encontrados, más abatidos no encontrados, más los dejados heridos. Sólo se pueden aprovechar sosteniblemente aquellas poblaciones que tienen hábitats con suficiente calidad y que por ello han tenido un éxito reproductor considerable. Siempre debemos asegurar que al finalizar la temporada de caza quedan suficientes animales para la reproducción del año siguiente. En todas las sociedades se debe actualizar anualmente el número de las capturas máximo sostenibles y los mecanismos de normativa interna que garanticen el cumplimiento del Plan de Caza. Además debemos vigilar que el furtivismo y los azares (mortalidad natural o artificial no prevista) no cambien considerablemente nuestros cálculos previos y nos obliguen a modificar el Plan de Caza de la presente temporada.
Comentarios (3)
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13/09/2004 21:13:21
¿Porque se tolera?
Gracias
14/09/2004 13:02:00
Sin embargo, esa seriedad que persigues, conceptual y dignamente, se ve truncada por la aplicación práctica de las cosas. Los Planes, en el campo, casi nunca se cumplen o simplemente, en bastantes casos, son solo papel mojado o requisito administrativo para seguir cazando y, por otro lado, la implicación del cazador real, que no titular del coto, en él es, realmente, mínima, testimonial u obligada por las circunstancias de pertenencia al coto.
El problema, para mi, de esta realidad que tu demandas, yo comparto y casi nadie aplica seriamente, es precisamente el derecho a ser cazador. Porque, dando por sentado que poseer una licencia dista mucho de adquirir este derecho, tampoco se adquiere por la pertenencia a un coto y, me explico:
Ahora todo el mundo quiere cazar y, simplemente con ser hijo de pueblo, residente, amigo, familiar o, mas en general aún, por tener mucho dinero, se puede cazar, aunque no se ostente el derecho, jurídicamente hablando, a cazar, por parte del cazador, es decir es un asunto, mas bien, de procedencia, ubicación o de capacidad económica.
Se llega a la caza por esos vericuetos circunstanciales, mas que a través del verdadero reconocimiento del derecho del cazador en tal o cual terreno y su derecho a cazar en el, por serlo. Porque una cosa es ser titular del coto y otra cazar en ese coto, como bien sabes. No podemos esperar de quien llega a la caza por esas vías que se la tome demasiado en serio, en los aspectos que tu artículo propone.
Bajo mi punto de vista, admitiendo esta realidad, la solución pasa por adquirir el derecho a ser cazador y, al mismo tiempo, la responsabilidad de serlo, es decir, también, el deber.
Como no podemos poner un agente vigilante de todas aquellas cosas que ocurren en cada coto durante un año cinegético y, tampoco, a comprobar el estricto cumplimiento de esos Planes técnicos, bien elaborados, es verdad, pero fácilmente desbordables, en la práctica, deberíamos poder exigir al cazador, practicante en ese coto, la responsabilidad legal de su cumplimiento. Responsabilidad no solo de su titular, no solo de la Junta Directiva, como ahora, sino del cazador real, y debemos, socialmente, poder, además, limitar su ejercicio a la caza incluso su temporal o definitiva exclusión, no solo de tal terreno en concreto, sino de su ejercicio individual al derecho a cazar, en caso de incumplimiento.
Por otra parte, el funcionamiento de las sociedades de cazadores, los clubes o la simple tarjeta o acción de caza temporal, a veces, ni siquiera, nominativa, casi nunca termina en una exigencia, tan seria, de cumplimiento del deber como para llegar a ese punto, precisamente porque tampoco estos órganos funcionan con tal nivel de atribución de responsabilidad real, como para tener la necesidad de compartirla con sus socios y, al final toda irregularidad, individual o colectiva, queda diluida y soslayada bajo el peso de las circunstancias, antes mencionadas, de pertenencia al coto y no digamos si, además hay un desembolso económico importante, por parte del cazador-cliente.
Al final, y concluyo, es necesaria la integración, el compromiso y el cumplimiento del deber individual y concreto, imprescindible para desarrollar eficaz y rigurosamente estos Planes. Pero tal implicación solo viene dada cuando es consecuencia de la adscripción a un derecho a cazar, plenamente reconocido y no derivado de aspectos circunstanciales, como los actuales.
Necesitamos que el cazador se incorpore a la caza mediante mecanismos temporales de aprendizaje al ejercicio de la caza; mediante su previa participación en el desarrollo de los Planes Técnicos, en las mejoras del hábitat, bien dirigido y asesorado por los técnicos, de forma que, superado ese trance, repito temporal, se sienta comprometido e implicado, pero también acceda, seriamente, al derecho a cazar, eso si, de una forma regulada, pero con derechos y obligaciones.
Debería existir el carnet de cazador, no la licencia, la tarjeta-acción o el diploma, no. El documento que acredite legalmente dicha condición en la persona que practica la caza, al que se le supone, por serlo y tenerlo, la citada implicación, la práctica y la asunción de responsabilidad, exigible, sobre los espacios cinegéticos en los que cace, (y no estoy hablando de hacer ningún master, ni pasar por multitud de exámenes) pero ahí topamos con el mercado de la caza y eso son palabras mayores, desgraciadamente.
Todo lo demás, actualmente, como mínimo, no ayuda a ser eficaces, para el fin que propones, porque es falaz.
Que decir de los cotos o terrenos donde su única finalidad es proceder a la suelta o siembra de caza para ser abatida, sin más, granjas-cercón, etc. ahí haría falta hacer otras consideraciones, además de ser cazador, legalmente, pero lo dejo para otra oportunidad.
Te envío un cordial saludo y mi agradecimiento por tu artículo.
15/09/2004 18:24:09
Bien claro nos dice :
Los Estados Miembros deben asegurar, que la caza de las aves migradoras respete
1º a) Una utilización o caza racional de ellas b) una regulación equilibrada de la misma
2º Que dichos estados vigilen el que esas especies no sean cazadas, en el periodos de nidificación, ni en los diferentes estados de reproducción o de dependencia
3º Insiste nuevamente, en que siendo especies migradoras, no sean cazadas, ni en el periodo de reproducción ni durante el trayecto o regreso a sus lugares de cría lo que correspondería la emigración prenupcial .
El artículo 1º en los apartados a y b, creo corresponde a la defensa de la caz sostenible muy bien tratado por el autor,. pero echo de menos el 2 y el 3.
Los científicos franceses los han orillado proporcionando al Comite Ornis unas fechas irreales de contrapasa, perfectamente demostrable por las contradicciones en que incurren, pero en España claramente la fecha de la contrapasa de la becada según Ornis comienza el 1 de Febrero, con lo cual cualquier autonomía que prolongue su caz mas alla de esas fechas está conculcando la legislación vigente en lo que a la Scolopax R se refiere.
Gracias.
JJ
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