Fernández Sierra, inhabilitado por cinco años

El Comité Jurisdiccional y Disciplinario de la Real Federación Española de Caza ha notificado a Francisco Fernández Sierra la resolución del expediente relativo a la última edición del Campeonato de España de Caza Menor con Perro celebrado el pasado año en Extremadura, en la que se le inhabilita de sus derechos federativos por el plazo de cinco años, resolución contra la que se puede interponer recurso ante el Comité Español de Disciplina deportiva en el plazo de 15 días hábiles desde su notific


Se declara responsable de las actuaciones ilícitas descritas a Francisco Fernández Sierra como autor de dos infracciones muy graves
En la resolución se reflejan como hechos probados que «de la actividad desarrollada a lo largo del presente procedimiento ha quedado acreditado que el expedientado portaba durante la competición al menos dos perdices abatidas con anterioridad. Este hecho quedó acreditado por la declaración del juez que acompañó al participante, Miguel Maté, según consta en el acta final del Campeonato de Caza Menor con Perro celebrado en 2007, en el escrito remitido por el mismo juez en noviembre de ese año y en la ratificación a su escrito y declaración posterior ante el instructor y el secretario, realizada el 21 de diciembre pasado. En todas ellas afirma que el señor Fernández Sierra portaba al menos dos perdices que no había cazado durante la prueba y que había ocultado en el interior de su chaleco». También se señala que «el juez se dio cuenta de esta circunstancia cuando se encontraron con el participante Manuel González. Fernández Sierra sacó del chaleco una perdiz para mostrársela, afirmando que se trataba de una perdiz de granja. Al sacarla, el juez pudo apreciar que en el lado derecho del chaleco había otra que no tenía espolones, cuando las dos abatidas con anterioridad si los tenían. El juez manifestó que una vez ocurrido el suceso se negó en todo momento a mostrarle el contenido del chaleco, a pesar de requerirle a ello en reiteradas ocasiones, en presencia del participante Manuel Gonzáles y de su juez, Vicente Silvestre». El participante Manuel González, en prueba practicada de oficio por el instructor, manifestó que vio en el chaleco del señor Fernández Sierra una perdiz y que al tirar de ella pudo comprobar que no tenía espolones. Le pidió que le enseñara el contenido del chaleco, a lo que se negó y salió corriendo. En consecuencia, queda acreditado que portaba al menos dos perdices que no había cazado durante la competición. También ha quedado acreditado que el mismo día de concentración de participantes en el Hotel Vetonia, de Almendralejo, para el sorteo de jueces y dorsales, recorrió 300 kilómetros para adquirir en una granja de Guadalajara tres conejos vivos. Fernández Sierra no niega este hecho ni justifica la adquisición de los conejos. Ante la instrucción, el juez ratificó que el participante tuvo hacía él una actitud agresiva, insultándole y amenazándole con la escopeta, se recuerda que el régimen disciplinario deportivo es independiente de la responsabilidad civil o penal. Entrando en el hecho de que el juez no hubiese recogido en la tarjeta de puntuación referencia alguna a los incidentes ocurridos, se recoge que el juez actuó correctamente, ya que el lugar donde tenía que hacer referencia a los citados incidente era en el acta del jurado de competición, como así hizo, y no en la ficha de control. Después de realizar los fundamentos de derecho, en los que se refleja que los hechos que resultan probados son constitutivos de una infracción a lo dispuesto en el Reglamento Jurisdiccional y Disciplinario de la RFEC, estando calificados como muy graves y tipificados en los artículos 20.d y 20.n, que de las mencionadas infracciones se considera responsable a Francisco Fernández Sierra a título de autor y tras pronunciarse con respecto a las alegaciones formuladas a lo largo del expediente, a la veracidad de las declaraciones del juez y a la práctica de la prueba por el instructor y el secretario, vistos los antecedentes mencionados, los preceptos del reglamento jurisdiccional y disciplinario y las graves consecuencias para el deporte de la caza que la actitud del imputado ha provocado, al haber sido publicada su descalificación del campeonato en numerosos medios de comunicación, se declara responsable de las actuaciones ilícitas descritas a Francisco Fernández Sierra como autor de dos infracciones muy graves y se le sanciona con la inhabilitación temporal de sus derechos federativos por el plazo de cinco años.
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