Andalucía publica la nueva orden de vedas

La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha aprobado, mediante su publicación en el BOJA 121 de 19 de junio de 2008, las modificaciones de la Orden General de Vedas para la temporada de caza 2008-2009.


Las principales modificaciones introducidas este año incluyen cambios en los periodos hábiles de caza para la paloma torcaz, zorzal y estornino pinto
Esta disposición, cuya tramitación se ha adelantado respecto a años anteriores para facilitar la planificación de la práctica cinegética, establece las vedas, periodos hábiles y zonas para el aprovechamiento de las distintas especies, al tiempo que recoge las modalidades, excepciones y limitaciones para especies concretas, así como medidas preventivas para su control. El objetivo de la Orden de 21 de junio de 2006 se centra en mejorar la gestión, conservación y fomento de las especies cinegéticas, y posee un carácter permanente. Por ello, tras proceder al estudio de los censos poblacionales de las distintas especies, de las condiciones meteorológicas imperantes en las últimas temporadas y de diversa información científica y técnica, la Administración ambiental ha determinado que no existen causas excepcionales que justifiquen una modificación sustancial de la misma. De este modo, los cambios introducidos se han limitado a ligeros ajustes en los periodos hábiles de especies como la paloma torcaz. Ésta, tras proceder a la modificación del artículo tres de la Orden, se podrá cazar la presente temporada todos los días de la semana desde el primer domingo del periodo comprendido entre el 6 de octubre y el 8 de febrero. A partir del 1 de enero, sólo podrá cazarse desde puesto fijo. Asimismo, el artículo cuatro introduce variaciones en los periodos hábiles correspondientes al zorzal y el estornino pinto. La modificación supone que sólo se podrán cazar los jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico desde el primer domingo del periodo comprendido entre el 3 de noviembre y el 1 de febrero, excepto en la zona costera de Cádiz, donde será desde el primer domingo del periodo comprendido entre el 6 de octubre y el 1 de febrero Los límites de la mencionada zona costera de la provincia de Cádiz también han sido modificados, con el objetivo de definir claramente su demarcación geográfica y facilitar las tareas de vigilancia en esta franja del litoral andaluz. Su borde externo se hace coincidir con la N-340 desde la provincia de Málaga hasta llegar al término municipal de Tarifa, que se incluye íntegramente en la misma. Continúa el límite de la N-340 hasta enlazar en Puerto Real con la A-4, siguiendo por ésta hasta el cruce con la AP-4, continuando por la autopista hasta el límite del término municipal de Puerto Real y siguiendo el límite del término hasta su encuentro con el de El Puerto de Santa María. A partir de aquí, sigue por términos municipales completos, incluyendo El Puerto de Santa María, Rota, Chipiona, Sanlúcar de Barrameda y Trebujena. Finalmente, se ha dispuesto a partir de esta temporada la publicación anual de las fechas de apertura y cierre correspondientes a los periodos hábiles de caza establecidos para las distintas especies. Con esta iniciativa se atiende la demanda de una parte importante del sector cinegético y se evitan posibles interpretaciones erróneas de las fechas que han de regir cada temporada. Orden General de Vedas para la temporada de caza 2008-2009
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