Estado de alarma

La región de Murcia permite los desplazamientos a cazadores para controlar determinadas especies

Medio Natural permitirá cazar para evitar la sobreabundancia de conejo, jabalí, cabra montesa, ciervo, muflón y arruí. El objetivo es el de disminuir daños agrícolas, accidentes de tráfico…



La Dirección General de la CARM, toma la decisión de permitir los desplazamientos libres para poder cazar. Esto es así con el fin de reducir daños en agricultura, ganadería, accidentes de tráfico…

Así lo detalla la Interpretación de las excepciones a la restricción de movilidad previstas en el art. 1 del Decreto del presidente de la CARM 7/2020, de 30 de octubre, en relación con la actividad cinegética por daños:

-«La caza es una herramienta esencial para el control de las poblaciones de las especies cinegéticas y de los daños en la agricultura, la prevención de accidentes de tráfico y de transmisión de enfermedades al ganado doméstico, lo que supone un grave problema ecológico, económico y sanitario».

La caza es una actividad de riesgo bajo para la transmisión

Este texto sigue con un razonamiento que cientos de miles de cazadores han subrayado en los últimos tiempos:

-«Asimismo, la actividad cinegética, caracterizada por realizarse al aire libre y con grandes distancias de separación, constituye una actividad con un riesgo bajo de transmisión del COVID-19, siempre que se respeten las medidas de prevención vigentes».

Especies que están permitidas cazar

De este modo, queda permitida la entrada y salida de la región de Murcia para practicar modalidades de caza que permitan controlar especies como el conejo, jabalí, cabra montesa, ciervo, muflón y arruí.

En el caso de la modalidad de aguardo, esta solo puede realizarse hasta las 23:00.

Este es el texto oficial en este sentido:

-«Por tanto, para contribuir a la reducción de daños en la agricultura, ganadería, biodiversidad y seguridad vial, se permiten los desplazamientos entre municipios y la entrada y salida de la Región de Murcia para la realización de las modalidades de caza que controlen la sobreabundancia de conejo, jabalí, cabra montés, ciervo, muflón y arruí en los terrenos cinegéticos. De igual forma, se podrá realizar el control de estas especies en terrenos no cinegéticos con las autorizaciones excepcionales emitidas por el Cuerpo de Agentes Medioambientales de la Región de Murcia, tras la comprobación de la existencia de daños, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 30 de abril de 2020 de la Dirección General del Medio Natural por la que se regulan las autorizaciones de control y captura de determinadas especies por daños a la agricultura, ganadería, instalaciones, biodiversidad o por seguridad para las personas. Los aguardos nocturnos solo se podrán realizar desde el ocaso hasta las 23 horas».

Control de especies, que no caza

Las autoridades de la región han estimado necesaria la práctica de la caza para controlar y prevenir daños. Además, afirman, que gracias a ser una actividad que se practica al aire libre, la posibilidad de contacto de COVID-19 es menor. A pesar de esto, la caza en sí no ha sido autorizada. En su lugar, se controlarán especies que ocasionan daños. Los cazadores de menor, excepto donde el conejo sea amenaza para cultivos, seguirán sin poder salir de sus municipios.

De igual modo, se ha de respetar la distancia de seguridad durante la práctica del ejercicio.

Consulta la orden al completo en este enlace.

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